Preguntas frecuentes

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué son los remates hipotecarios?

Son las propiedades que los bancos recuperan de deudores que no pagaron sus créditos hipotecarios.


¿Por qué los inmuebles no se pueden ver por dentro?

Normalmente no se pueden conocer en su interior ya que la mayoría siguen habitados por los deudores. Se compran a ciegas pero a muy buen precio.


Nosotros nos encargamos de terminar el juicio, hacer el desalojo, tomar posesión del inmueble y entregarlo desocupado y listo para escriturar, subsanado jurídicamente.


¿Cuándo es el mejor momento para invertir en Remates?

Las pandemias y crisis económicas generan excelentes oportunidades que los grandes inversionistas aprovechan para hacer crecer su patrimonio / capital.


Más que inmobiliario es un negocio financiero para incrementar tu capital sin riesgos.


¿Qué es lo más importante que tengo que saber antes de invertir en remates?

En la revisión del expediente judicial se confirma la etapa legal actual y el monto de la deuda. Nos cerciorarnos de que el demandado haya sido bien emplazado (bien notificado), que la deuda sea alta, que el demandado no tenga otros acreedores, pensiones alimentarias, embargos, demandas laborales o problemas con el SAT.

Además de revisar a detalle el expediente jurídico directamente en juzgados, cotejamos esta información con el Registro Público de la Propiedad (RPP) en donde verificamos que el inmueble se encuentre como garantía hipotecaria, que la hipoteca esté inscrita en primer lugar y que no tenga más gravámenes.


Esta información confirmará si es un asunto viable y sano que te conviene adquirir. El despacho te cobra $12,000.00 pesos por este trámite incluyendo el Certificado de Libertad de Gravamen y la emisión del dictamen jurídico.


¿Cuánto dura un juicio especial hipotecario?

Depende del demandado. Si se defiende mucho y se ampara, se puede tardar hasta 3 años.

La ventaja es que los intereses NUNCA se detienen, la deuda sigue creciendo a tu favor como una bola de nieve y eso hace que el demandado ya no pueda pagar su deuda y te terminas adjudicando el inmueble.


¿En qué estatus jurídico se encuentran los inmuebles?

Tenemos inmuebles en todas las etapas del juicio. Si compras un asunto en etapa temprana del juicio (derechos de cobro y litigiosos), el tiempo de entrega será mayor pero el precio de remate será muy bajo. Hemos encontrado inmuebles hasta en la cuarta parte de su valor real. Al 25% de su valor comercial.


Si compras un inmueble en una etapa muy avanzada (Adjudicado por ejemplo), el tiempo de entrega será menor pero el precio de compra será mayor.

 

Si realmente quieres hacer dinero, compra derechos litigiosos.


¿Hay riesgo de perder dinero?

No. Aquí el factor no es riesgo sino tiempo ya que el juicio es un traje hecho a la medida para que el banco siempre gane y una vez que le pagas al banco, ahora tú tomas el lugar del banco como acreedor.

La cesión de derechos que te hace el banco, tarde o temprano se va a materializar en mucho más dinero o en una propiedad, sólo es cuestión de tiempo y de revisar correctamente la situación jurídica de cada asunto para evitar riesgos y contingencias.


Tu capital invertido se encuentra respaldado por la garantía hipotecaria que es la propiedad. Si el deudor no consigue el dinero para pagar su deuda, se te adjudica el inmueble para pagar la deuda.


Quiero invertir en remates pero mi familia me critica y dice que no me meta en eso

No dejes que tu familia sabotee tus planes y sueños. Con la asesoría y representación legal correcta lo puedes lograr sin poner en riesgo tu patrimonio. Por tal motivo nosotros revisamos todos los documentos antes de comprar, expediente jurídico en juzgados y registro público de la propiedad. Ya estás en el lugar correcto.

Somos los expertos en remates inmobiliarios.


¿Qué significa Adjudicado?

Que ya se terminó el juicio y adquieres el derecho real de escriturar el inmueble a tu nombre ante el registro público de la propiedad y de comercio y se realice la cancelación de la hipoteca anterior.


El juez ordena la toma de posesión del inmueble mediante una negociación de entrega o desalojo (lanzamiento).


El demandado pierde el derecho a pagar su deuda. Se le agotaron todos sus derechos de defensa legal como apelaciones, amparos y derecho al tanto.


El tiempo de entrega de estos inmuebles es muy rápido y no hay forma en la que el demandado pueda recuperar la propiedad dentro del proceso legal.


¿Qué me conviene más? ¿Comprar un inmueble ya adjudicado?
Depende de lo que estés buscando.


Si compras un remate como inversión, las mayores ganancias las encuentras al comprar inmuebles en etapas tempranas del juicio (derechos de cobro y litigiosos con garantía hipotecaria), ya que el precio de compra será mucho más bajo.


Puedes encontrar inmuebles hasta en la cuarta parte de su valor comercial, adjudicarlos y duplicar tu inversión sin riesgos al momento de venderlo (cederlo) a un tercero. Solo es cuestión de tiempo y paciencia.


Pero si lo que buscas es quedarte con el inmueble para habitarlo o rentarlo, te recomiendo que compres derechos adjudicatarios o remates judiciales
(subastas públicas). Su precio es mayor pero ya no adquieres la deuda sino la propiedad y ya no es posible que el deudor pague su deuda.


Es importante recalcar que si te adjudicas y escrituras el inmueble, te tocaría a ti pagar los impuestos, escrituración, traslado de dominio y adeudos. Hay que aumentarle máximo un 35% al costo de adquisición.


¿Qué pasa si el demandado paga su deuda?

Si el banco aún no ha vendido la cesión de derechos litigiosos, el activo simplemente sale del inventario del banco y ya nadie lo puede comprar.


Si el banco ya te hizo la cesión de derechos ante notario público (entrega jurídica), ahora el deudor / demandado te tendría que pagar a ti el total de la deuda con intereses ordinarios y moratorios.


Recuerda que demandado no le debe 3 pesos al banco, sino una bola de nieve de intereses muy grande y ya no se los debería al banco sino a ti y te los tendría que pagar a ti, así que recuperarías tu inversión inicial más una excelente ganancia más todo lo que se haya generado de intereses en ese tiempo.


¿Hasta cuándo puedo escriturar el inmueble?

Una vez que te adjudiques el inmueble (paso 8 de 10) el juez ya te permite escriturar la propiedad incluso antes de tener la posesión material. Se puede escriturar y hacer el lanzamiento al mismo tiempo. También se puede tomar posesión del inmueble sin tener la escritura pública.


¿Me conviene escriturar la propiedad?

Depende: Si lo compraste por inversión, NO ES NECESARIO.


Te conviene más venderlo mediante una cesión de derechos adjudicatarios para no pagar doble escritura y trasladar los gastos de escrituración e impuestos al siguiente cesionario (a tu nuevo comprador).


Si deseas quedarte con el inmueble para habitarlo o rentarlo, definitivamente sí te recomiendo elevarlo a escritura pública con el notario de tu elección.


¿Qué diferencias hay entre una cesión de derechos y una escritura pública?

Los dos instrumentos son títulos de propiedad con el mismo peso jurídico.
Te conviene elevar tu cesión de derechos a escritura pública cuando tu intensión sea quedarte con la propiedad.

La mayoría de nuestros clientes son inversionistas. Ellos no vienen por un inmueble sino por LA UTILIDAD que genera el negocio de adquirir remates.


Los inversionistas compran asuntos muy baratos en etapas tempranas del juicio y los venden en etapas avanzadas del juicio a un precio mucho mayor y se quedan únicamente con la ganancia.


¿Cuánto tiempo tengo que esperar para vender mi cesión de derechos a alguien más?

La puedes vender al día siguiente que te la entregue la notaría siempre y cuando el precio de venta esté por debajo de la deuda y el precio sea atractivo para otros inversionistas.


Esta es la clave del negocio de los remates: Comprar barato y vender más caro.


¿Qué otros gastos adicionales tengo que contemplar aparte del precio del remate y los servicios profesionales del despacho?

Trámite de cesión de derechos. Considerar de $16,000.00 a $21,000.00 pesos (más IVA en caso de requerir factura). Esto se lo pagas directamente a la notaría al momento en que te hagan la cesión de derechos.


Estos gastos adicionales aplican ÚNICAMENTE si te llegas a adjudicar el inmueble y lo quieras elevar a escritura pública.


   Adeudos: Luz, agua, predial o mantenimiento condominal en su caso. Normalmente no te dejan adeudos ya que el demandado sigue habitando el inmueble y necesita de los servicios básicos.


   Mantenimiento / Remodelación. Darle mantenimiento si es que lo requiere. Normalmente entregan los inmuebles en buenas condiciones ya que la mayoría están habitados, pero guarda un poco de dinero por si el inmueble llegara a requerir algún tipo de mantenimiento general o reparación.


   Escrituración. Considerar del 7% al 9% sobre el valor comercial del inmueble. El valor comercial lo determina el avalúo que manda a hacer el notario de tu elección.

El monto de la escritura incluye honorarios del notario, cancelación de hipoteca, inscripción al registro público de la propiedad, avalúo y certificados.


   Impuestos: SOLO PARA EL CASO DE QUE QUIERAS ESCRITURAR el inmueble tienes que pagar ISR por adquisición, impuesto por utilidad y el ISR por enajenación.

   -ISR por Adquisición: Dependerá si por el valor catastral vigente alcanza el beneficio de la jornada notarial. De lo contrario se requerirá avalúo fiscal subido al SIGAPRED (Sistema de Tesorería de la Ciudad de México para el pago del Impuesto Local ISAI), es útil para saber qué cantidad genera este impuesto.


   -Impuesto por Utilidad: Es la diferencia entre los valores de adjudicación y avalúo comercial, estará gravada de forma directa y el notario tendrá la obligación de retenerlo si el adquiriente es persona física. Es el 20% de utilidad sobre la diferencia entre el valor de la compra y el valor de la venta.


   -Impuesto Sobre la Renta por Enajenación: Es el Impuesto que le corresponde pagar a la parte vendedora, al perder el inmueble el demandado no se hace responsable de cubrirlo, y esta obligación la adquiere el inversionista.


   -Traslado de Dominio: Depende del número de partes involucradas. Normalmente solo es de banco hacia el nuevo cesionario (inversionista).


   -Gastos adicionales. Avalúo, certificados de libertad de gravamen, cancelación de hipoteca, estado de cuenta contable certificado, publicación de edictos, ofrecimientos económicos al deudor, gastos de ejecución y desalojo (cerrajero, cargadores, fuerza pública, etc.), honorarios del notario, impuestos y derechos.


¿Por qué mi abogado me dice que no compre remates?

Porque te acercaste al abogado equivocado que no conoce del tema y lo único que va a provocar es que pierdas excelentes oportunidades de inversión.


Los abogados de notaría no son civilistas ni litigantes. Son ramas totalmente diferentes y no sabrían aconsejarte. Si quieres asesoría profesional te tienes que acercar a un abogado especialista en materia civil e inmobiliaria.


Si no es experto en remates, su opinión no te sirve de nada y puede hacerte perder la oportunidad de tu vida.


Te puedo asegurar de que cuando nos conozcas y hagas el primer negocio con nosotros, te querrás dedicar a esto de por vida.


Comprar inmuebles directamente al banco es un negocio totalmente seguro ya que los bancos no corren riesgos y no hubieran otorgado la línea de crédito si los documentos del inmueble no estuvieran en regla.


¿Tengo que contratar a mis abogados para que terminen el proceso jurídico?

Si tus abogados son especialistas en la materia, ellos pueden continuar con el proceso jurídico. En este caso solo te cobraríamos la comisión mercantil de intermediación y descontaríamos la acción legal y jurídica, honorarios del despacho y lanzamiento.


Normalmente nosotros ya te incluimos dentro del precio de remate todos los gastos jurídicos y honorarios del despacho hasta la total conclusión del juicio.


Nosotros nos encargamos de revisar expediente jurídico en tribunales y documentos del inmueble para saber con exactitud la situación legal y registral de la propiedad que estarías comprando y te entregamos un dictamen jurídico para saber si el asunto es viable y si te conviene adquirirlo.


¿En cuánto tiempo me entregan el inmueble?

Depende de la propiedad que hayas elegido (etapa jurídica en la que se encuentre) y si te tocó un demandado muy peleonero.


Un juicio especial hipotecario en promedio tarda 2.8 años desde la presentación de la demanda hasta la toma de posesión y adjudicación del inmueble.


Si elegiste un inmueble en una etapa temprana del juicio (emplazamiento por ejemplo), tardaría de 2 a 3 años aprox. Si no hay defensa legal el proceso avanza mucho más rápido. Obviamente son los asuntos más baratos. El banco literal te lo va a regalar. Por eso se llaman remates.


La ventaja de comprar derechos de cobro o litigiosos con garantía hipotecaria es que la deuda crece cada día a tu favor, los intereses no se detienen, siguen aumentando a favor del inversionista y provocan que el deudor no pueda pagar su deuda y se termina adjudicando el inmueble a favor del cliente / inversionista.


Si elegiste un inmueble jurídicamente muy avanzado el precio se eleva pero el tiempo de entrega se reduce.


Lo ideal es comprar derechos litigiosos para que la utilidad sea mucho mayor.


El tiempo de entrega también depende de la defensa legal del demandado. Si se ampara puede alargar el proceso.


Algo que tenemos a nuestro favor es que en la actualidad los jueces federales solicitan una fianza monetaria (mediante billete de depósito) como garantía del recurso de amparo por el tiempo que le quita a la parte actora del juicio (demandante o banco). Cuando se pierde el amparo, se ejecuta la garantía monetaria y pasa al patrimonio de la parte actora.

Por eso los demandados ya no se amparan por cualquier motivo porque les cuesta mucho dinero y ningún amparo hará que ganen el juicio, lo único que ganarían sería tiempo. Solo liquidando el monto TOTAL de su deuda podrían recuperar el inmueble.


La mayoría de los demandados no quieren problemas ni escándalos y se evitan la pena de ser desalojados y entregan el inmueble de manera pacífica y voluntaria mediante una dación en pago o un arreglo económico.


Si te toca la suerte podrías recibir el inmueble a los pocos días de tener la cesión de derechos a tu favor llegando a un acuerdo económico con el deudor.


¿Cuánto se paga de escritura pública?

Depende de la entidad. Aquí en la Ciudad de México una escritura pública cuesta entre el 7% y el 9% del valor comercial del inmueble.


¿Quién determina el valor comercial de la propiedad?

El notario de tu elección manda a hacer un nuevo avalúo. El monto de la escritura te incluye traslado de dominio, aranceles, honorarios del notario, avalúo, inscripción al registro público, certificados y cancelación de hipoteca.


El avalúo también lo podemos hacer por fuera para reducir la carga de impuestos con una buena estrategia fiscal.


¿Cómo puedo saber cuánto más tengo que considerar para los gastos adicionales?

Nosotros te hacemos una corrida financiera en la notaría ya sea como persona física o como persona moral para que ya sepas con exactitud lo que pagarías de impuestos en el caso de que quieras escriturar el inmueble.


Una forma muy sencilla de hacer un cálculo muy exagerado de cuánto dinero tienes que guardar adicional al precio del remate sería multiplicar el precio del remate por 1.35 y el resultado será el total a invertir ya escriturado, por ejemplo:


Precio del Remate: $3,000,000.00 de pesos, lo multiplicas por 1.35 y el resultado serán: $4,050,000.00 pesos. Ese es el costo total MÁXIMO del inmueble ya incluyendo traslados de dominio, escritura pública e impuestos.


Precio de Remate: $3,000,000.00 pesos. Multiplicar x 1.35 TOTAL: $4,050,000.00 pesos YA ESCRITURADO A TU FAVOR (INCLUYENDO IMPUESTOS Y TRASLADO DE DOMINIO).


Lo más alto a considerar no es la escritura pública sino los impuestos y traslados de dominio ya que el banco te está trasladando TODOS los impuestos que le tocaba pagar. Por eso te lo vende tan barato mediante una cesión de derechos para que tú absorbas sus impuestos.


Aun así, el remate es un excelente negocio por donde quiera que lo veas. Aun teniendo que pagar impuestos, siempre tendrás grandes utilidades debido al excelente precio de remate.


¿Hay formas de reducir el monto de los impuestos?

Sí. Haciendo el avalúo por nuestro lado y con una buena estrategia fiscal podemos reducir (no exentar) el monto del pago de impuestos.


¿Por qué Hacienda me cobra impuestos?

Porque estás teniendo una utilidad la cual se grava y el banco te vende el inmueble a un precio muy por debajo de su valor real con la condición de que tú absorbas los impuestos que le correspondían pagar.


Si adquieres un inmueble de remate mediante una persona moral, la carga de impuestos será mucho menor.


IMPORTANTE: Sólo pagarías impuestos en el caso de que te adjudiques el inmueble y lo quieras escriturar.


¿Tendré problemas para vender el inmueble si se enteran que lo compré mediante un remate?

No. Incluso lo puedes vender en cualquier momento sin escriturar. No se llamaría compraventa, se llamaría cesión de derechos y es lo que la mayoría de los inversionistas hacen, compran cesiones baratas en etapas tempranas del juicio, las guardan un rato y las venden más caras en etapas más avanzadas del juicio. Es la clave de los remates bancarios.


La ley no te obliga a escriturar la propiedad. La puedes transmitir mediante otra cesión de derechos y transmitir todos los gastos adicionales e impuestos al siguiente cesionario / comprador.


Si ya lo escrituraste, ya lo puedes vender a cualquier persona incluso mediante créditos hipotecarios.

¿Por qué no se lo puedo vender a alguien que tenga crédito hipotecario si no lo he escriturado?

Porque lo primero que le va a pedir el banco al acreditado para liberar la línea de crédito es que el inmueble esté escriturado y libre de gravamen e hipoteca ante el registro público de la propiedad.


¿Me conviene más comprar un remate que un inmueble de venta tradicional?

Definitivamente sí, ya que los precios son mucho más bajos y el inmueble se lo compras directamente a una institución financiera y te van a hacer la cesión de derechos (entrega jurídica) desde el inicio, desde que pagas, dando y dando, ante notario público.


Es mucho más seguro comprar inmuebles directamente a los bancos que a un particular o a una constructora. Las constructoras pueden quebrar o desaparecer o incumplir.


Los bancos no van a desaparecer y aunque eso llegara a suceder, no importa porque tú ya compraste, ya eres dueño, ya pagaste, ya tienes un título de propiedad a tu favor que tarde o temprano se va a materializar en una propiedad.


Una vez que el banco te hace la cesión de derechos ante notario público te conviertes en el titular de los derechos del juicio que tiene como garantía hipotecaria la propiedad. Con el paso del tiempo, esa cesión de derechos se va a convertir en un inmueble.


Además los precios de los inmuebles de venta tradicional hoy en día están por los cielos. No tendrás ganancia ni plusvalía en los próximos años además de que los inmuebles son mucho más pequeños.


Si ya encontraste a los expertos en remates, no busques más ya que puedes caer en engaños y perder tiempo y dinero.


MUCHO CUIDADO: La mayoría de los anuncios de Internet son de empresas fantasma coludidas con los “portales inmobiliarios”. No caigas en sus engaños.


Nosotros te asesoramos de manera profesional y transparente y te enseñamos a reconocer a este tipo de pseudo empresas.


Invertir en remates hipotecarios es un negocio totalmente seguro siempre y cuando se revise el expediente jurídico a detalle por expertos en la materia.

No hay nada más seguro y que te genere más ganancias que la compra de remates directamente a bancos y recuperadoras.


El dinero no está en los tabiques sino en los títulos de propiedad.


¿Cómo se paga un inmueble de remate?

 

PROCESO DE COMPRA

Acudir a una cita en nuestras oficinas para explicarte a detalle el proceso de compra y revisar nuestro inventario con más de 800 inmuebles de recuperación bancaria de diferentes bancos y financieras.

1. Firmar contrato de Asesoría Legal e Investigación con $12,000.00 pesos (Doce mil pesos 00/100 M.N.) IVA incluido para iniciar la revisión del expediente jurídico en juzgados, solicitar el certificado de libertad de gravamen en el registro público de la propiedad, la investigación del demandado y la elaboración del Dictamen Jurídico de Viabilidad del inmueble de tu interés.


2. Entrega de Generales del Cliente Inversionista; identificación oficial vigente (ambos lados), comprobante de domicilio reciente a nombre del cliente, acta de nacimiento, CURP, formato de generales y Cédula de Identificación Fiscal (la podemos tramitar nosotros por $50 pesos).

IMPORTANTE: (NO SE PUEDE REGISTRAR AL CLIENTE COMO INVERSIONISTA SI FALTA ALGÚN DOCUMENTO).

3. Ingresar al banco una propuesta formal de compra a nombre del cliente, negociar el precio y tratar conseguir algún descuento en el monto de cesión.


4. Una vez que el banco admita y autorice la compra, pagar el MONTO TOTAL aceptado a una cuenta concentradora del banco para proceder a la firma de la cesión de derechos (entrega jurídica) ante fedatario público designado por el banco.


5. Firmar contrato de prestación de servicios profesionales antes de la firma de la cesión de derechos en la notaría.


6. Presentarse en la notaría en la fecha y hora acordada para firmar la escritura de cesión de derechos a favor del inversionista. El inversionista tiene que llevar de $16,000.00 a $21,000.00 pesos en efectivo para pagarle al notario (más IVA en caso de requerir factura por parte del notario).


7. Ahí mismo en la notaría. Pagar los Servicios Legales de CIO Legal (Honorarios) para que el despacho pueda continuar con el proceso jurídico hasta lograr la adjudicación, recuperar el inmueble, venderlo a algún tercero o cobrar la deuda total.


8. Una vez que la cesión de derechos esté a tu favor, se firma una autorización o mandato judicial de representación para que nuestros abogados se encarguen de terminar el juicio y hacer el desalojo y recuperar el inmueble.

A partir de este momento el cliente se reconoce como legítimo propietario de los derechos de cobro con garantía hipotecaria o propiedad ante el juzgado.

Los precios de remate publicados incluyen todos los gastos jurídicos y honorarios del despacho hasta la total conclusión del juicio. Los precios pueden variar sin previo aviso. Servicios profesionales no incluyen IVA.

El inversionista puede optar por terminar el juicio por su cuenta con sus abogados especialistas en materia civil e inmobiliaria.


¿Cuánto tiempo después de que le pago al banco me hacen la cesión de derechos?

A más tardar 7 días hábiles después del pago TOTAL a la institución financiera en lo que el banco autoriza tu proyecto de cesión y te asignan fecha y hora de firma en notaría. Recuerda llevar entre $16,000.00 y $21,000.00 pesos en efectivo (más IVA en caso de requerir factura) para pagarle al notario por el trámite de cesión de derechos.

¿Qué diferencia hay entre un juicio especial hipotecario y un fideicomiso?

En un juicio especial hipotecario, existen dos partes, deudor y acreedor. Un banco le presta dinero a una persona (acreditado o deudor) para liquidez o comprar un inmueble y si el acreditado no paga, el banco lo demanda para cobrarse con el inmueble. Estos asuntos se resuelven ante los tribunales de justicia (juzgados) y consta de 10 etapas.


Un juicio especial hipotecario tarda mínimo año y medio en resolverse ya que el demandado se puede defender y amparar y alargar el proceso.


En los fideicomisos existen 3 partes, fideicomitente (deudor), fideicomisario (acreedor o banco) y fiduciario (administrador).


En un fideicomiso, el acreditado / deudor (fideicomitente) ya tiene una propiedad y la deja en garantía de pago a una tercera persona / institución (fiduciario) para garantizar el pago de un crédito de liquidez. Renuncia a todos sus derechos y los transfiere y la propiedad deja de estar a su nombre.


Las tasas de interés son mucho más altas que los créditos de vivienda. Ante el incumplimiento de las obligaciones contraídas, es más rápido ejecutar el fideicomiso y lograr la adjudicación por la vía extrajudicial, en una subasta realizada en notaría pública.


Estos asuntos suelen resolverse en menos de año y medio gracias a que la intervención de los tribunales de justicia es mínima y a que el deudor (fideicomitente) tiene muy limitada su defensa legal. El proceso es más rápido y sencillo y solo tiene 5 etapas legales.


Si el pago no se realiza, se entregará la garantía al fideicomisario (banco o acreedor) quien cobrará mediante la venta y adjudicación de la propiedad en una subasta pública que se realiza ante fedatario (notario) público.


¿Qué me conviene comprar? ¿Remate bancario o un fideicomiso?

Derechos fiduciarios ya que se resuelven en menos tiempo que un hipotecario.


En un juicio especial hipotecario el demandado tiene derechos de defensa legal como apelaciones y amparos y puede presentar recursos para hacer más largo el proceso y seguir viviendo gratis sin pagar renta ni hipoteca.


Los fideicomisos de garantía se resuelven mucho más rápido ya que el deudor aportó los derechos del inmueble a un fideicomiso y renuncia a la propiedad desde el inicio y podemos ejecutar el fideicomiso y adjudicarnos el inmueble en menos de año y medio en un remate en una notaría pública. Además los intereses son mucho más altos.


¿Por qué mi amiga que se dedica a los bienes raíces dice que no compre remates?

La mayoría de los “asesores inmobiliarios” ni son profesionales ni están certificados ante la “Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios” AMPI y desconocen por completo el tema de los remates hipotecarios.


Creen que los remates inmobiliarios son compraventas cuando en realidad son cesiones de derechos. No te pueden aconsejar en temas jurídicos ni financieros.


Antes de pedir su opinión, primero pregunta si es EXPERTO en remates para que no te hagan perder el tiempo ni excelentes oportunidades de inversión que ellos no te pueden ofrecer.


MI RECOMENDACIÓN: Adquirir inmuebles en etapa temprana del juicio para conseguir el mejor precio y las mejores ganancias. Sólo debes ser paciente.

También le podemos hacer ofrecimientos económicos al demandado para que entregue el inmueble de manera pacífica y lo más pronto posible y evitar años de juicio.


¿Cómo me recomiendas invertir mi dinero?

Diversifica. No pongas todos los huevos en una sola canasta. Si tienes 9 millones no compres un inmueble de 9 millones.

Mejor compra 3 inmuebles de 3 millones cada uno.


RESUMEN: Tú le compras una propiedad a un banco a través de nosotros y nosotros nos encargamos de terminar el juicio, hacer el desalojo y entregarte el inmueble desocupado, subsanado jurídicamente y listo para escriturar.


Los remates hipotecarios ofrecen excelentes oportunidades para hacer negocios muy rentables pero es indispensable contar con asesoría especializada. Muy pocos abogados realmente saben litigar estos casos.


NOSOTROS

RAZÓN SOCIAL: CIO LEGAL & FINANCIAL ARMOR S. DE R.L. DE C.V.


Somos una firma legal especialista en materia inmobiliaria, financiera, fiscal, civil y mercantil con más de 8 años de experiencia litigando y comercializando cartera hipotecaria en México.

Trabajamos para 9 instituciones financieras (bancos y recuperadoras).


Nuestros servicios profesionales incluyen el análisis del expediente legal en juzgados y registro público de la propiedad.


En CIO LEGAL nuestro principal objetivo es lograr la recuperación y adjudicación del bien inmueble en el menor tiempo posible, sin riesgos, garantizar y proteger la inversión de nuestros inversionistas mediante una asesoría profesional y transparente.


Tenemos más de 800 inmuebles de recuperación bancaria.


Solicita una cita en nuestras oficinas para explicarte a detalle el proceso de compra y aclarar todas tus dudas. Te asesoramos de manera profesional y transparente.


Las grandes mentes aprovechan las grandes oportunidades.

 

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